Artículo 1º.- Prohíbese a los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de pago a través de tarjetas de débito, crédito, compra y prepago, requerir la entrega de las mismas y de la documentación que acredite la identidad del usuario, titulares y/o adicionales de los mencionados medios de pago, para la adquisición de bienes o servicios y/o retiro de dinero en efectivo. Artículo 2º.- Para realizar una operación comercial, el titular o usuario debe exhibir la tarjeta instrumento material de identificación, donde debe constar nombre y apellido, su firma ológrafa, fecha de emisión, fecha de vencimiento, la identificación del emisor y de la entidad bancaria interviniente, en caso de corresponder, en forma conjunta al documento nacional de identidad y/o pasaporte del titular y/o usuario, que permitan constatar que los datos y la firma contenidos en el medio de pago pertenecen al portador de la tarjeta. Artículo 3º.- Asimismo, el proveedor o comercio debe colocar cartelería en lugar visible donde conste, en forma clara y precisa, los derechos del consumidor relativos al uso responsable de los medios de pagos previsto en el artículo 1° de esta ley y toda información que sirva a los objetivos de la presente. Artículo 4º.- La autoridad de aplicación de esta ley es la Dirección de Defensa del Consumidor dependiente del Ministerio de Economía, o el organismo que la reemplace en el futuro. Artículo 5º.- La autoridad de aplicación debe implementar anualmente campañas de información y concientización para los usuarios de los mencionados medios de pago y garantizar la capacitación respecto al uso responsable de tarjetas de crédito, débito, compra y prepago para los proveedores o comerciantes. Artículo 6º.- El incumplimiento de la presente ley hace pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley provincial 962 “Derechos de los Consumidores”.
Texto Consolidado
ARTICULADO ACTUALIZADO
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Y OBSERVACIONES
TABLA DE EQUIVALENCIAS
Artículos del Texto Original y modificatorias Artículos del Texto Consolidado 2026 Sin modificaciones