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    LEY Nº 668

     

    ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EMPLEO – PLANTA PERSONAL PERMANENTE - INCREMENTO 600 CARGOS – COMISIÓN DE SEGUIMIENTO LEGISLATIVO DEL MEGAPASE: CREACIÓN.

    Sanción: 18 de Agosto de 2005.

    Promulgación: 06/09/05 D.P. Nº 3234.

    Publicación: B.O.P. 09/09/05.

    Artículo 1º.- Increméntase en seiscientos (600) el número total de cargos de la planta del personal permanente de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos descentralizados), para el Ejercicio 2005, en un todo de acuerdo con el procedimiento y requisitos establecidos en el artículo 9º de la Ley provincial 661.

     

    Artículo 2º.- Créase la Comisión de Seguimiento Legislativo del Megapase.

     

    Artículo 3º.- La Comisión creada en el artículo precedente estará integrada por tres (3) legisladores designados por la Legislatura de la Provincia y tendrán todas las facultades a efectos de garantizar la transparencia y el cumplimiento de los requisitos y mecanismos establecidos en el artículo 9º de la Ley provincial 661 y en el artículo 1º de la presente.

     

    Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

               

    Modificaciones

     

    MODIFICADA POR LEY PROVINCIAL Nº 784: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EMPLEO – PLANTA PERSONAL PERMANENTE – INCREMENTO 600 CARGOS – MEGAPASE: MODIFICACIÓN.  

     

    Observaciones

    Año - 2005  -

     


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