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LEY Nº 668

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EMPLEO – PLANTA PERSONAL PERMANENTE - INCREMENTO 600 CARGOS – COMISIÓN DE SEGUIMIENTO LEGISLATIVO DEL MEGAPASE: CREACIÓN.

Sanción: 18 de Agosto de 2005.

Promulgación: 06/09/05 D.P. Nº 3234.

Publicación: B.O.P. 09/09/05.

Artículo 1º.- Increméntase en seiscientos (600) el número total de cargos de la planta del personal permanente de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos descentralizados), para el Ejercicio 2005, en un todo de acuerdo con el procedimiento y requisitos establecidos en el artículo 9º de la Ley provincial 661.

 

Artículo 2º.- Créase la Comisión de Seguimiento Legislativo del Megapase.

 

Artículo 3º.- La Comisión creada en el artículo precedente estará integrada por tres (3) legisladores designados por la Legislatura de la Provincia y tendrán todas las facultades a efectos de garantizar la transparencia y el cumplimiento de los requisitos y mecanismos establecidos en el artículo 9º de la Ley provincial 661 y en el artículo 1º de la presente.

 

Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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