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806 Sanción: 28 de Diciembre de 2009. \nPromulgación: 28/12/09 D.P. Nº 3026. \nPublicación: B.O.P. 04/01/10. \nArtículo 1º.- Transfiérese el domino a favor del Instituto Provincial de Vivienda de Tierra del Fuego, del inmueble conocido como \"Barrio Colombo\", ubicado con el frente a la calle de 12 de Octubre, entre calles Primer Argentino y Arroyo Buena Esperanza, de la ciudad de Ushuaia, individualizado por su nomenclatura catastral, según plano de Mensura T.F.1-22-81, como \"PARCELA UNO-a (1a), MACIZO SEIS (6), SECCIÓN B, de la ciudad de USHUAIA\". \nArtículo 2º.- El Instituto Provincial de Vivienda reconocerá al Poder Ejecutivo Provincial un monto equivalente al avalúo fiscal del inmueble transferido, pudiendo cancelarlo mediante compensación de deudas y créditos recíprocos. \nArtículo 3º.- Los gastos que devengue la presente transferencia estarán a cargo del Instituto Provincial de Vivienda de Tierra del Fuego. \nArtículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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