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Sanción: 16 de Septiembre de 2010.

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Promulgación: 26/10/10 D.P. Nº 2580.

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Publicación: B.O.P. 01/11/10.

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Artículo 1º.- Aféctase la Reserva Fiscal cedida a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, conforme Plano de Mensura TF 1-24-05, identificada catastralmente como Parcela 1, Macizo 114, Sección J, de la ciudad de Ushuaia, Matrícula II-A-10573, la cual cuenta con una superficie total de tres mil cuatrocientos cuarenta y siete coma cincuenta y seis metros cuadrados (3.447,56 m2), a la Experiencia Piloto Autogestionaria de Hábitat Popular (EPAHP), identificada como Experiencia 2 en el Acuerdo Estado – Organizaciones Sociales, celebrado en fecha 25 de junio de 2009, entre el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia y la Asociación Civil Movimiento de Ocupantes e Inquilinos (MOI – CTA), registrado por la Provincia bajo el Nº 13.816; ratificado por Decreto provincial Nº 1.298/09.

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Artículo 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a título oneroso el dominio de la parcela individualizada en el artículo 1º de la presente, a la Cooperativa que se constituya para el desarrollo de la Experiencia 2 enmarcada en el Convenio descrito en el artículo precedente, a los fines previstos en dicho convenio y artículo de la presente ley.

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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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