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Sanción: 11 de Febrero de 2011. 

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Por vencimiento del plazo Art. 111 Constitución Provincial.

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Promulgación: 21/02/11 D.P. Nº 494.(De Hecho).

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Publicación: B.O.P. 25/02/11.

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Artículo 1º.- Créanse DOSCIENTAS OCHO (208) vacantes destinadas a cubrir necesidades de servicio en el ámbito del Ministerio de Salud, Ministerio de Gobierno Coordinación General y Justicia y Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, así como en el Poder

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Legislativo conforme el siguiente detalle:

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  1. CIEN (100) vacantes se destinarán al ámbito del Ministerio de Salud.
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  3. CINCUENTA (50) vacantes para la incorporación de personal al Servicio Penitenciario de la Provincia.
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  5. CUARENTA Y CUATRO (44) vacantes serán destinadas a la incorporación de agentes en el ámbito de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios.
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  7. CATORCE (14) vacantes se destinarán al Poder Legislativo.
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            Las vacantes creadas por la presente, tendrán el correspondiente respaldo presupuestario en el ámbito de los respectivos Ministerios, de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, y de la Legislatura Provincial conforme presupuesto vigente para el ejercicio 2011.

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Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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