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Sanción: 17 de Marzo de 2011.

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Promulgación: 19/04/11 (De Hecho).

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Publicación: B.O.P. 29/04/11.

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Artículo 1º.- Declárase la emergencia sanitaria para la cobertura integral de pacientes bajo tratamiento oncológico por el término de un (1) año, prorrogable por un (1) año más.

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Artículo 2º.-  Desígnese dos (2) médicos especialistas en oncología para cubrir la especialidad en el Hospital Regional Río Grande, Hospital Regional Ushuaia y Centro Asistencial de Tolhuin, arbitrando los medios necesarios para la publicación en los efectores públicos, colegios médicos y sociedades científicas provinciales y nacionales.

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Artículo 3º.-Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la contratación de los facultativos con beneficios sociales no remunerativos adicionales, mediante las adecuaciones presupuestarias, que permitan el cumplimiento de la presente.

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Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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