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Sanción: 28 de Junio de 2012.

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Promulgación: 19/07/12 D.P. Nº 1617/12.

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Publicación: B.O.P. 25/07/12.

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Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley provincial 862, por el siguiente texto:

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Artículo 1º.-Autorízase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, a contratar en forma directa las siguientes obras:

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  1. Ampliación y Optimización Planta Potabilizadora Nº 3, con un monto presupuestado de PESOS VEINTICUATRO MILLONES DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO ($24.002.225,00).
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  3. Ampliación Cisterna Le Martial, con un monto presupuestado de PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 81/100 ($ 7.885.666,81).
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  5. Plan Director de Agua Potable y Desagües Cloacales de la ciudad de Ushuaia, con un monto presupuestado de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 1.285.000,00).”.
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Artículo 2º.- Aprobar en todos sus términos los Decretos del Poder Ejecutivo Nros. 0847/12 y 1278/12, referentes a las obras del artículo 1º de la presente.

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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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