Infoley
Open menu
  • Usuarios Mesa de Entradas
    • Sumario
  • Usuarios SAIJ
    • Info
    • infoley 3.0
  • Cerrar Sesión
  • Mesa de Ayuda
  •  

    • Documento
    • Modificaciones
    • Observaciones

    Documento

    << Anterior   ID 142  Imprimir  inicio  Siguiente >>
                 

    Sanción y Promulgación: 09 de Enero de 1980.

    n

    Publicación: B.O.T. 28/01/80.

    n

    Artículo 1º.- Fíjase en la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES ($ 118.255.000.000) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Territorial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 1980 con destino a las finalidades que se indican a continuación, que se detallan analíticamente en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ley:

    n

    En millones de pesos

    n

    nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
    Finalidad Total Erogaciones Corrientes Erogaciones de Capital
    1.- Administración General n

    38.859

    n
    n

    31.076

    n
    n

    7.783

    n
    2.- Seguridad 6.677 6.677  
    3.- Salud 20.109 8.996 11.113
    4.- Bienestar Social 8.318 3.834 4.484
    5.- Cultura y Educación n

    8.260

    n
    n

    8.260

    n
     
    7.- Desarrollo de la Economía n

    40.692

    n
    n

    7.485

    n
    n

    33.207

    n
    Subtotal: 122.915 66.328 56.587
    Economías: - 4.660    
    Total: 118.255    
    n

    n

    Artículo 2º.- Estímase en la suma de PESOS CIENTO DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES ($ 102.179.000.000) el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

    n

    nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
    - Recursos de Administración Central   96.698
    - Corrientes 95.997  
    - De Capital      701  
         
    - Recursos de Organismos Descentralizados   5.481
    - Corrientes 5.481  
    - De Capital --º--  
    Total 102.179  
    n

    n

    Artículo 3º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente balance financiero preventivo cuyo detalle figura en la planilla anexa que forma parte integrante de la presente Ley:

    n

    nnnnnnnnnnnnnnnnnnn
    En millones de pesos
    Erogaciones 118.255
    Recursos 102.179
    Necesidad de Financiamiento 16.076
    n

    n

    Artículo 4º.- Fíjase en la suma de PESOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES ($ 1.429.000.000) el importe correspondiente a las erogaciones para atender amortización de deudas de acuerdo con el detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley.

    n

    Artículo 5º.- Estímase en la suma de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CINCO MILLONES ($ 17.505.000.000) el Financiamiento de la Administración Territorial de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley.

    n

    nnnnnnnnnnnnnnnnnnn
    En millones de pesos
    Financiamiento de Administración Central 17.505
    Financiamiento de Organismos Descentralizados              -º-
    Total 17.505
    n

    n

    Artículo 6º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4º y 5º de la presente Ley estímase el Financiamiento Neto de la Administración Territorial en la suma de PESOS DIECISEIS MIL SETENTAY SEIS MILLONES ($16.076.000.000) destinado a la atención de la Necesidad de Financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ley, conforme al resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley.

    n

    nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
    En millones de pesos
    Administración Central   16.076
    Financiamiento (Art. 5º) 17.505  
    Erogaciones (Art. 4º) 1.429  
    Organismos Descentralizados   -º-
    Financiamiento (Art. 5º) -º-  
    Erogaciones (Art. 4º) -º-  
    Total:   16.076
    n

    n

    Artículo 7º.- Las economías por inversión que se indican en el artículo 1º y que totalizan la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES ($ 4.660.000.000), serán realizadas por el Poder Ejecutivo y efectivizadas al cierre del ejercicio y deberán efectuarse sobre las erogaciones que se financien con recursos sin afectación.

    n

    Artículo 8º.- F&

               

    Modificaciones

     

    MODIFICADA POR LEY TERRITORIAL  Nº 149 PRESUPUESTO GENERAL ADMINISTRACION DEL TERRITORIO - EJERCICIO 1980: MODIFICACION.

    MODIFICADA POR LEY TERRITORIAL  Nº 153 PRESUPUESTO GENERAL ADMINISTRACION DEL TERRITORIO - EJERCICIO 1980: MODIFICACION. 

     

    Observaciones

    Año - 1980  -

     


    Volver arriba

    © 2026 Infoley

    纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网