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Sanción: 22 de Mayo de 2013. n Promulgación: 28/08/13 (De Hecho) n Veto Total Dto. Nº 1147/13. n Insistencia Legislativa Res. Nº 149/13. n Publicación: B.O.P. 04/09/2013. n Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley provincial 905, por el siguiente texto: n “Artículo 16.- Fíjase en quince (15) el número total de cargos de la planta de personal de la Caja Compensadora de la Policía. n Establécese como planta de personal del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social (IPAUSS) la planta efectivamente ocupada al 31/12/12. Las vacantes producidas como consecuencia de jubilaciones, retiros, renuncias y cualquier otra causa, serán automáticamente disminuidas del presupuesto del Instituto; las que para su conservación requerirán autorización especial del Poder Legislativo.”. n
n Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |