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Sanción: 03 de Junio de 2014.

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Promulgación: 27/06/14. D.P. Nº 1445.

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Publicación: B.O.P.: 04/07/14.

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Artículo 1º.- Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley provincial 959, a la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) y fíjase en CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) el número total de cargos de la planta de personal permanente y de personal no permanente del mencionado organismo.

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Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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