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Sanción: 12 de Marzo de 2015.

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Promulgación: 20/03/15 D.P Nº 665.

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Publicación: B.O.P. 26/03/2015.

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Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 9º de la Ley provincial 1009, por el siguiente texto:

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“Artículo 9º.- Fíjase en NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (9289), el número total de cargos de la Planta de Personal Permanente y de Personal no Permanente del Poder Ejecutivo, exceptuando el Escalafón Docente, para el Ejercicio 2015.”.

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Artículo 2º.- Los CIENTO CINCUENTA (150) cargos incorporados en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º, sólo podrán ser destinados a la incorporación de Personal Policial.

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Artículo 3º.- Los gastos que demande la presente serán imputados a las partidas presupuestarias en vigencia para el Personal Policial.

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Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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