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Sanción: 20 de Noviembre de 2014

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Promulgación: 31/03/2015 (De Hecho)

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 Veto Total Dto. Nº 3144/14.

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 Insistencia Legislativa Res. Nº 021/15.

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Publicación: B.O.P.: 10/04/15.

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Artículo 1°.- Establécese la designación del representante por la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ante el Consejo Federal Pesquero conforme el artículo 8º de la Ley nacional 24.922 por decreto del Poder Ejecutivo y “ad-referéndum” de la Cámara, quién no podrá asumir sus funciones hasta tanto no preste conformidad expresa o tácita.

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Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo deberá notificar la designación de referencia al Poder Legislativo en un plazo no mayor a los dos (2) días hábiles.

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El consentimiento se considerará otorgado si en la sesión siguiente a que la designación tome estado parlamentario, en la Comisión de Labor Parlamentaria, la Legislatura no manifiesta oposición expresa a la designación efectuada.

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Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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