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    Sanción: 13 de Agosto de 2015

    Promulgación: 07/09/2015 D.P Nº 1997/15.

    Publicación: B.O.P.: 11/09/15.

     

    Artículo 1º.- Dispónese en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la instalación de cartelería gráfica de señalización vial vertical de carácter informativo, con la leyenda “Las Islas Malvinas son Argentinas” en los principales lugares de ingreso y egreso a la Provincia, en lugares de mayor concentración turística nacional e internacional, en edificios públicos educativos y lugares que por sus características sean aptas para su difusión, en toda la ruta nacional, rutas provinciales y aeropuertos, indicando la distancia de nuestras ciudades con nuestras Islas Malvinas y su ubicación geográfica.

    n

     

    n

    Artículo 2°.- La señalización gráfica establecida en el artículo 1º, que como Anexo I forma parte de la presente, deberá contener las especificaciones establecidas en el Anexo II.

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    Artículo 3º.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad.

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    Artículo 4º.- Los gastos que demande la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias que correspondan.

    n

     

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    Artículo 5º.- Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.

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    n

    Artículo 6º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60) días a partir de su promulgación.

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    Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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     ANEXO I

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     malvinas

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    ANEXO II

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    Especificaciones:

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    a) dimensiones: un metro y medio de ancho (1,50m), por un metro de alto (1m);

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    b) color y fondo azul con letras blancas;

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    n

    c) mapa de las Islas Malvinas de color celeste y blanco;

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    n

    d) orientación geográfica desde la Provincia con las Islas Malvinas; y

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    n

    e) cartel gráfico con la leyenda “Las Islas Malvinas son Argentinas”. 

               

    Modificaciones

     

    MODIFICADA PO LEY PROVINCIAL  Nº 1057 LAS ISLAS MALVINAS SON ARGENTINAS: INSTALACIÓN DE DICHA LEYENDA EN CARTELERÍA GRÁFICA DE SEÑALIZACIÓN VIAL.LEY PROVINCIAL  Nº 1057 LAS ISLAS MALVINAS SON ARGENTINAS: INSTALACIÓN DE DICHA LEYENDA EN CARTELERÍA GRÁFICA DE SEÑALIZACIÓN VIAL. 

     

    Observaciones

    Año - 2015  -

     


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