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    Sanción: 13 de Agosto de 2015

    Promulgación: 07/09/2015 D.P Nº 2001/15.

    Publicación: B.O.P.: 11/09/15.

     

    Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley provincial 1009, Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de recursos de la Administración Pública – Ejercicio 2015, por el siguiente texto:

    n

     

    n

    “Artículo 18.- Facúltase al Poder Ejecutivo y a los Organismos Descentralizados a producir reestructuraciones orgánicas de sus jurisdicciones y programas, así como a transferirse recíprocamente y/o suprimir vacantes de la planta de personal aprobada por la presente ley, con la única limitación de no incrementar el número total de cargos.

    n

     

    n

    El poder Ejecutivo podrá designar o reubicar personal temporario, permanente o de planta política y/o gabinete hacia y desde las distintas reparticiones de los Organismos Descentralizados cuando los organismos cuenten con el debido respaldo presupuestario en forma previa a la designación o reubicación del agente o funcionario.”.

    n

     

    n

    Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

               

    Modificaciones

     

    MODIFICA LA LEY PROVINCIAL  Nº 1009 PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EJERCICIO 2015. 

     

    Observaciones

    Año - 2015  -

     


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