1058

Sanción: 15 de Octubre de 2015

\n

Promulgación: 30/10/2015 D.P Nº 2450/15.

\n

Publicación: B.O.P.: 06/11/15.

\n

Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 26.689, \"Promuévese el cuidado integral de la salud de las personas con Enfermedades Poco Frecuentes\" y a todas sus normas reglamentarias y complementarias.

\n

Artículo 2°.- Incorpórase dentro de las prestaciones que brinda el Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social (IPAUSS) en los términos que establece la Ley nacional 26.689 y sus reglamentaciones.

\n

Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Provincia quien dispondrá en un período no mayor a los ciento veinte (120) días a partir de su promulgación, las medidas reglamentarias y administrativas que garanticen su efectivo cumplimiento.

\n

Artículo 4º.- Autorízase a la autoridad de aplicación a celebrar convenios con organismos competentes en la materia a efectos de contar con la colaboración técnica profesional especializada que fuere necesaria.

\n

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网