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Sanción: 14 de Julio de 2016.

Promulgación: 28/07/16 D.P Nº 1427/16.

Publicación: B.O.P. 04/08/2016.

 

Artículo 1º.- Incorpórase como último párrafo del artículo 6º bis, de la Ley provincial 482, modificatoria de la Ley provincial 376, de Tránsito y Seguridad Vial, el siguiente texto:

 

“A los fines de acreditar la existencia y vigencia del seguro obligatorio a que se refiere la presente norma, se admitirá la exhibición de los respectivos comprobantes en versiones digitales.”.

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Artículo 2º.- Invítase a los municipios de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande a adherir a la presente ley.

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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y a las municipalidades de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande.

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