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Sanción: 06 de Julio de 2017.

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Promulgación: 12/07/17. D.P.N: 1933/17.

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Publicación: B.O.P.: 17/07/17.

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Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, en el marco del Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Áreas de Seguridad y Salud (PROFEDESS) creado por el Decreto nacional 1765/14, cuya adhesión fuera dispuesta por Decreto provincial 1167/15, a celebrar operaciones de crédito público hasta la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES ($33.000.000).

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Artículo 2º.- Las operaciones de crédito público autorizadas por el artículo 1°, serán destinadas exclusivamente a la adquisición de camionetas Pick Up para la ampliación del parque automotor de la Secretaría de Estado de Seguridad -Policía Provincial-, conforme los procedimientos de selección de proveedores que disponga el Fiduciario y de acuerdo a las pautas establecidas por el Comité Ejecutivo, creado por el Decreto nacional 1765/14.

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Artículo 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, a celebrar los correspondientes contratos de mutuo y a suscribir toda otra documentación necesaria para perfeccionar el crédito autorizado. A efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso del financiamiento que se contraiga, autorízase la afectación a favor del Fideicomiso creado mediante el PROFEDESS, de los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1°, 2°, y 3° del Acuerdo Nación Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen Federal de Coparticipación de Impuestos, ratificado por la Ley nacional 25.570, o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital solicitado más sus intereses, ello conforme lo establecido en el Decreto nacional citado en la presente.

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Artículo 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo (a través del Ministerio de Economía) a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente.

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Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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