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Sanción: 14 de Diciembre de 2018.

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Promulgación: 20/12/18. D.P. Nº 3596/18.

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Publicación: B.O.P.: 26/12/18.

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Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 125 de la Ley provincial 1024, Código Contravencional, por el siguiente texto:

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“Artículo 125.- La presente Ley entrara en vigencia a partir del día 1º de febrero de 2020.”.

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Artículo 2º.- Derógase la Ley provincial 1141.

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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

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