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    LEY Nº 1398

     

    PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: PROGRAMA ALCOHOL CERO AL VOLANTE, IMPLEMENTACIÓN.

     

    Sanción: 20 de Diciembre de 2021.

    Promulgación: 30/12/21 D.P.Nº. 2821/21.

    Publicación: B.O.P. 04/01/22.

     

     

    Artículo 1°.- Impleméntase el "Programa Alcohol Cero al Volante", en todo el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con el objeto de prevenir los siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol.

     

    Artículo 2°.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley provincial 376, por el siguiente texto:

    "Artículo 1°.- Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a lo estipulado en los Títulos I, II, III, IV, V y VI, excepto los artículos 26, 48, inciso a) 53 y 68 de la Ley nacional 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.".

     

    Artículo 3°.- Incorpórase como artículo 6° ter de la Ley provincial 376, con el siguiente texto:

    "Artículo 6° ter.- Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículos, motocicletas o ciclomotores con una alcoholemia superior a CERO (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario.".

     

    Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo dispondrá una campaña masiva de difusión y concientización en materia de seguridad vial y de prohibición de conducción de cualquier tipo de vehículos, motocicletas o ciclomotores con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre.

     

    Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días.

     

    Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

               

    Modificaciones

     

    MODIFICA LA LEY PROVINCIAL Nº 376: LEY TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL. ADHESIÓN LEY NACIONAL. 24.449.

     

    Observaciones

    Año - 2022  -

     


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