1421

 

LEY Nº 1421

 

OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO (OSPTF): MODIFICACIÓN.

Sanción: 16 de Junio de 2022.

Promulgación: 06/07/22. D.P.Nº. 1610/22.

Publicación: B.O.P. 07/07/22.

 

 

Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 19 inciso a) de la Ley provincial 1071,  por el siguiente texto:

“Artículo 19.- La Obra Social atenderá el cumplimiento de sus obligaciones con los siguientes recursos:

  1. a) la contribución mensual obligatoria equivalente al nueve por ciento (9%) por parte del empleador.”.

 

Artículo 2º.- Crease el Consejo Consultivo Técnico ad honorem, el cual garantizará la participación de los trabajadores con un (1) representante de cada gremio que cuenta con personería gremial vinculada a la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF), para análisis de los avances y planificación de objetivos.

 

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网