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    Sanción: 31 de Octubre de 2022.

    Promulgación: 17/11/22. D.P.Nº. 3070/22.

    Publicación: B.O.P. 18/11/22.

     

     

    Artículo 1º.- Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27.642 – Promoción de la Alimentación Saludable.

     

    Artículo 2º.- La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud o el organismo que en el futuro lo reemplace.

     

    Artículo 3º.- La autoridad de aplicación debe implementar una campaña masiva de comunicación a través de los distintos medios que estime conveniente, a los fines de que la población tome conocimiento de los alcances de la presente ley.

     

    Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación.

     

    Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

               

    Modificaciones

     

     

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    Año - 2022  -

     


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