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Sanción: 10 de Octubre de 1985. n Promulgación: 17/10/85. D.T. Nº 3751. n Publicación: B.O.T. 28/10/85. n Artículo 1º.- Modifícase los montos establecidos en los ítems 2, 4, 5 y 6 de la parte b) del artículo 5º Tasas Retributivas por Servicios Especiales del Ministerio de Economía y Hacienda, de la Ley 246, los que quedan fijados en los importes siguientes: n 2) Consultas: n a) Por consultas de cada carpeta de antecedentes catastral AUSTRALES UNO CON VEINTE CENTAVOS (A 1, 20); n b) por consultas de cada plano catastral de manzana (Plancheta) AUSTRALES CINCUENTA CENTAVOS (A 0,50); n c) por consultas de carpetas de antecedentes catastrales que integran una manzana, quinta o fracción AUSTRALES UNO CON VEINTE CENTAVOS (A 1,20). n 4) Planos de subdivisión, Ley 13.512: n a) Por cada unidad funcional que se origine en las subdivisiones de edificios bajo régimen de la Ley 13.512, AUSTRALES SIETE (A 7); n b) por la reforma de planos aprobados que no originan nuevas unidades funcionales ni modifiquen las ya existentes AUSTRALES SIETE (A 7); n c) cuando la reforma o reformas a introducir en planos aprobados sean a efectos de originar nuevas unidades funcionales y/o modificar las ya existentes, se pagará además de lo establecido en el punto anterior por cada unidad funcional que se origine y/o modifique AUSTRALES SIETE (A 7); n d) por pedido deanulación de planos aprobados a requerimiento judicial de parte o particulares AUSTRALES QUINCE (A 15); n e) por visación provisoria de todo plano de proyecto de subdivisión AUSTRALES SIETE (A 7); n f) por reposición de fojas en todo expediente de mensura, por foja AUSTRALES CINCUENTA CENTAVOS (A 0,50); n g) por pedido urgente despacho CUARENTA Y OCHO HORAS (48 horas) AUSTRALES CINCUENTA (A 50). n 5) Planos: n Por cada copia de planos reproducida en sistema heliográfico se pagará por superficie, tomando como unidad de medida el tamaño oficio de treinta y dos centímetros (32 cm.) de alto por veintidós centímetros (22 cm.) de base, una tasa de AUSTRALES CUARENTA CENTAVOS (A 0,40). n 6) Planos de mensura: n a) Por visación provisoria de todo proyecto de mensura AUSTRALES SIETE (A 7); n b) por reposición de fojas de todo expediente de aprobación de planos, por foja AUSTRALES CINCUENTA CENTAVOS (A 0,50); n c) por pedido de urgente despacho CUARENTA Y OCHO HORAS (48 horas) de expediente de mensura AUSTRALES TREINTA (A 30); n d) por cada unidad parcelaria que originen los planos de mensura o subdivisión que se someta a aprobación AUSTRALES SIETE (A 7); n e) por cada parcela que supere una hectárea, deberá complementarse la tasa del punto anterior, con un adicional por hectárea AUSTRALES CUATRO CENTAVOS (A 0,04); n f) por cada anulación de planos aprobados a requerimiento judicial o de particulares AUSTRALES QUINCE (A 15); n g) por corrección de un plano ya aprobado dirigido a subsanar errores u omisiones imputables al profesional que lo suscribe AUSTRALES DIEZ (A 10); n h) por cada inspección al terreno que deba realizarse como consecuencia de las normas de la subdivisión de bienes dentro del radio urbano AUSTRALES DIEZ (A 10). n Artículo 2º.- Las disposiciones de la presente Ley entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio. n Artículo 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio y archívese. |