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    Sanción: 15 de Diciembre de 1986.

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    Promulgación: 18/12/86. D.T. Nº 5.093.

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    Publicación: B.O.T. 22/12/86.

    \n

    Artículo 1º.- Fíjase en la suma de AUSTRALES CIENTO CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO (A. 150.541.934) el totalde erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Territorial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 1986 con destino a las finalidades que se indican a continuación, que se detallan analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

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    \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
     (En Australes)
    FinalidadTotalErogaciones CorrientesErogaciones de Capital
    1.- Administración General\n

    24.084.917

    \n
    \n

    22.100.332

    \n
    \n

    1.984.585

    \n
    2.- Seguridad4.564.3933.233.1391.331.254
    3.- Salud13.311.1144.977.8498.333.265
    4.- Bienestar Social79.145.4424.130.76075.014.682
    5.- Cultura y Educación\n

    12.383.346

    \n
    \n

    7.497.046

    \n
    \n

    4.886.300

    \n
    6.- Ciencia y Técnica\n

    30.650

    \n
    \n

    30.650

    \n
    \n

    --º--

    \n
    7.- Desarrollo de la Economía\n

    20.956.960

    \n
    \n

    5.968.878

    \n
    \n

    14.988.082

    \n
    8.- Deuda Pública80.00080.000--º--
    9.- Gastos a Clasificar\n

         400.000

    \n
    \n

       400.000

    \n
    \n

    --º--

    \n
    Subtotal:154.956.82248.418.654106.538.168
    Economías:   4.414.888  
    Total:150.541.934  
    \n
    \n

    Artículo 2º.- Estímase en la suma de AUSTRALES OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO (A. 82.475.381) el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

    \n
    \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
     (en Australes)
    - Recursos de la Administración Central\n

    80.093.997

    \n
     
    - Corrientes 78.419.997
    - De Capital 1.674.000
       
    - Recursos de Organismos Descentralizados\n

    2.381.389

    \n
     
    - Corrientes 1.499.670
    - De Capital 881.714
    Total:82.475.381 
    \n
    \n

    Artículo 3º.- Atento la inexistencia del recurso presupuestado de AUSTRALES ONCE MILLONES (A. 11.000.000), que figura en la planilla de “Total de Recursos” de la Administración Central (Planilla 11 anexa al artículo 2º) el mismo debe ser deducido del monto de AUSTRALES SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE (A. 79.419.997) de “Recursos Corrientes” de la Administración Central que se estima en el artículo 2º de la presente.

    \n

    Artículo 4º.- Visto la deducción efectuada por el artículo 3º de la presente, ésta será compensada por el incremento proyectado de los siguientes recursos:

    \n
    \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
     (En Australes)
    - Tributarios de jurisdicción Territorial\n

    2.000.000

    \n
    - Regalías3.000.000
    - Sistema financiero 19862.500.000
    - Fondo Desarrollo Regional1.500.000
    - Venta de activo fijo1.000.000
    Total:10.000.000
    \n
    \n

    Asimismo la partida Economías deberá incrementarse en AUSTRALES UN MILLON (A. 1.000.000) como resultado del saldo neto entre el incremento de los recursos precedentemente detallados y la no efectivización en este Ejercicio de AUSTRALES ONCE MILLONES (A. 11.000.000).

    \n

    Artículo 5º.- Amplíase en AUSTRALES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS (A. 497.300) el Presupuesto de la Honorable Legislatura Territorial el cual ascenderá a un total de AUSTRALES DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO (A. 2.207.978). Autorízase al Poder Ejecutivo Territorial a realizar las transferencias de partidas necesarias para financiar esta ampliación.

    \n

    Artículo 6º.- Considérese comprendidas en el Renglón 67 - Jurisdicción V - UO. 10 - F. 20 la suma de AUSTRALES DOS MILLONES (A. 2.000.000) para obras de infraestructuras varias en los Departamentos “Antártida Argentina e Islas del Atlántico Sur” - Islas Malvinas.

    \n

    Agrégase al plan de Obras Públicas de la Administración Central “Jurisdicción V - UO. 10 - F. 20” - Renglón 67 los Departamentos “Antártida Argentina e Islas del Atlántico Sur” - Islas Malvinas.

    \n

    Artículo 7º.- Los importes que en concepto de erogaciones figurativas se incluyen en planilla anexa, constituyen autorizaciones legales para imputar las erogaciones a sus correspondientes créditos, según el origen de los aportes y contribuciones para Organismos Descentralizados, hasta la suma que para cada caso se establecen en sus respectivos cálculos de recursos, según se detalla también en planilla anexa.

    \n

    Artículo 8º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente balance financiero preventivo, cuyo detalle figura en la planilla anexa que forma parte integrante de la presente Ley:

    \n
    \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
     (En Australes)
    Erogaciones150.541.934
    Recursos 82.475.381
    Necesidad de Financiamiento68.066.553
    \n
    \n

    Artículo 9º.- Fíjase en la suma de AUSTRALES UN MILLON DOSCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (A.1.211.689) el importe correspondiente a las erogaciones para atender amortizaciones de deudas, de acuerdo con el detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley.

    \n

    Artículo 10.- Estímase en la suma de AUSTRALES SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS (A. 69.278.242) el financiamiento de la Administración Territorial, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

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    \n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n\n
     (En Australes)
    Financiamiento de Administración Central9.260.700
    Financiamiento de Organismos            

    Modificaciones

     

     

    Observaciones

    Año - 2000  -

     


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