Infoley
Open menu
  • Usuarios Mesa de Entradas
    • Sumario
  • Usuarios SAIJ
    • Info
    • infoley 3.0
  • Cerrar Sesión
  • Mesa de Ayuda
  •  

    • Documento
    • Modificaciones
    • Observaciones

    Documento

    << Anterior   ID 368  Imprimir  inicio  Siguiente >>
                 

    Sanción: 06 de Julio de 1989.

    \n

    Promulgación: 28/07/89. D.T. Nº 3171.

    \n

    Publicación: B.O.T. 02/08/89.

    \n

    Artículo 1º.- Otórgase una Pensión graciable por vida a la ciudadana Blanca BLANCO RODRIGUEZ - Clase 1922 con C.I. Nº 4.942.721.

    \n

    Artículo 2º.- El importe de la pensión a que se refiere el artículo 1º de la presente será equivalente al monto total que percibe una Categoría 10 de la Administración Pública Territorial, y se modificará toda vez que lo sea para la referida administración.

    \n

    Artículo 3º.- La beneficiaria de la presente Ley, gozará de las mismas coberturas sociales y en las mismas condiciones que le son brindadas a los Agentes de la Administración Pública Territorial.

    \n

    Artículo 4º.- La Pensión concedida en el artículo 1º regirá a partir de la promulgación de la presente Ley.

    \n

    Artículo 5º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.

    \n

    Artículo 6º.- Para el supuesto de que la destinataria de esta Ley tenga otorgada en su favor otro beneficio similar o análogo, deberá acreditar haber renunciado a éste para poder usufructuar el otorgado por la presente.

    \n

    Artículo 7º.- De forma.

               

    Modificaciones

     

     

    Observaciones

    Año - 2000  -

    Ver Ley T.377

     


    Volver arriba

    © 2026 Infoley

    纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网