|
157 Sanción: 29 de Julio de 1994. \nPromulgación: 05/08/94. D.P. Nº 1910. \nPublicación: B.O.P. 10/08/94. \nArtículo 1º.- Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial, a tomar en el mercado financiero, a través del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego en su carácter de Agente Financiero del Gobierno provincial, un empréstito de hasta PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00) o su equivalente en moneda extranjera, destinado exclusivamente a la adquisición de turbogeneradores de energía eléctrica para la Dirección Provincial de Energía, con un plazo máximo autorizado para la cancelación total del mismo de cinco (5) años a partir de la fecha de la efectiva acreditación por parte de la entidad financiera. \nArtículo 2º.- Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a garantizar el empréstito referido en el artículo 1º, mediante afectación de fondos de coparticipación federal de impuestos o regalías hidrocarburíferas, a satisfacción de la entidad financiera otorgante. \nArtículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
|