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Sanción: 07 de Octubre de 1994.

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Promulgación: 28/10/94. D.P. Nº 2670.

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Publicación: B.O.P. 04/11/94.

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Artículo 1º.- Créase el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el que estará a cargo del Juez de Primera Instancia Electoral y de Registro.

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Artículo 2º.- El Registro queda sujeto al régimen establecido por la Ley Nacional Nº 17.801 y por el que el Superior Tribunal de Justicia determine por vía reglamentaria.

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Artículo 3º.- A los fines de su funcionamiento contará con una Dirección con asiento en la ciudad de Río Grande.

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Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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