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    LEY Nº 243

     

    HIDROCARBUROS - HI.FU.SA.: AUTORIZACION AL P.E.P. A CEDER DERECHOS SOBRE REGALIAS HIDROCARBURIFERAS PROVINCIALES.

     

    Sanción: 17 de Agosto de 1995.

    Promulgación: 17/08/95. D.P. Nº 1498.

    Publicación: B.O.P. 28/08/95.

    Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a ceder derechos sobre las regalías hidrocarburíferas provinciales en favor de Hidrocarburos Fueguinos Sociedad Anónima, a fin de integrar por este procedimiento, en forma total o parcial, el capital de dicha empresa hasta el monto de DIEZ MILLONES DE PESOS ($ 10.000.000).

     

    Artículo 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a formalizar los convenios de cesión en fideicomiso, cesión en garantía y/o cesión a título oneroso de las regalías hidrocarburíferas de acuerdo con la Ley Nacional Nº 17.319 o las normas que eventualmente la modifiquen hasta la suma de DIECISEIS MILLONES DE PESOS ($ 16.000.000), correspondientes a los hidrocarburos extraídos de la Provincia de Tierra del Fuego y sus aguas jurisdiccionales, con el objeto de obtener fondos para el desarrollo, implementación y puesta en marcha de una planta de refinación de petróleo, a ser operada por la empresa Hidrocarburos Fueguinos Sociedad Anónima creada a tales fines.

    Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

               

    Modificaciones

     

    DEROGADA POR LEY PROVINCIAL Nº 479: EMPRESA HIDROCARBUROS FUEGUINOS SOCIEDAD ANÓNIMA. DISOLUCIÓN – LIQUIDACIÓN. 

     

    Observaciones

    Año - 1995  -

     


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