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LEY Nº 248

 

PODER EJECUTIVO PROVINCIAL - AUTORIZACION PARA TOMAR UN PRESTAMO DE DINERO MEDIANTE LA GESTION DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO: MODIFICACION.

Sanción: 21 de Septiembre de 1995.

Promulgación: 28/09/95. D.P. Nº 1763.

Publicación: B.O.P. 02/10/95.

Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º  de la Ley Provincial Nº 228 el que quedará redactado del siguiente modo: "Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a tomar un préstamo en dinero ante la banca nacional o extranjera y/o a emitir bonos en el mercado internacional en una o varias series por un monto total en circulación de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CINCO MILLONES (U$S 45.000.000.-) mediante la gestión del Banco de Tierra del Fuego en su carácter de agente financiero."

Artículo 2º.- Determínase como destino de los fondos a obtener por ejercicio de la autorización legislativa conferida mediante la Ley Provincial Nº 228, de acuerdo a lo establecido en el artículo 70 de la Constitución Provincial, los siguientes:

a) Reestructuración del perfil financiero del Gobierno y de las Municipalidades;

b) recupero de Fondos de Obras Públicas;

c) financiamiento de Obras Públicas a ejecutarse o en ejecución.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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