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    Sanción: 19 de Octubre de 1995.

    n

    Promulgación: 08/11/95. D. P. Nº 1998.

    n

    Publicación: B.O.P. 10/11/95.

    n

    Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Provincial Nº 218, el que quedará redactado de la siguiente manera:

    n

    "Artículo 1º.- Otórgase una pensión graciable hasta tanto mejore de fortuna, al niño Gustavo Giunta, D.N.I. Nº 23.768.721, con domicilio en la calle Soldado García Nº 2375 del Barrio La Cantera, de la ciudad de Ushuaia."

    n

    Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

               

    Modificaciones

     

    MODIFICA LA LEY PROVINCIAL  Nº 218 PENSIÓN GRACIABLE AL NIÑO GUSTAVO GIUNTA.

     

    Observaciones

    Año - 1995  -

     


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