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Sanción: 28 de Junio de 1996.

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Promulgación: 22/07/96. D.P. Nº 1551.

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Publicación: B.O.T. 26/07/96.

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Artículo 1º.- Facúltase en el ámbito del artículo 21 de la Ley Provincial Nº 278, a la creación de una Administradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.), de acuerdo a la Ley Nacional Nº 24.557.

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Artículo 2º.- Invítase a las Municipalidades y Comuna a adherir a la presente Ley.

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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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