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Sanción: 30 de Julio de 1998.

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Promulgación: 27/08/98. (De Hecho).

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Publicación: B.O.P. 23/09/98.

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Artículo 1º.- Créase la Comisión para regularizar la problemática existente sobre las rutas complementarias de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

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Artículo 2º.- Dicha Comisión estará integrada por:

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Un (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial;

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un (1) representante de Vialidad Provincial;

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un (1) representante de la Legislatura Provincial;

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un (1) representante de la Sociedad de Productores de Tierra del Fuego;

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un (1) representante de la Sociedad Rural de Tierra del Fuego.

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Artículo 3º.- Dicha Comisión tendrá un plazo de noventa (90) días para presentar la propuesta a la Cámara Legislativa.

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Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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