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427 Sanción: 15 de Diciembre de 1998. n Promulgación: 06/01/99. D.P. Nº 20. n Publicación: B.O.P.: 11/01/99. n Artículo 1º.- Fíjase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 463.398.371,97) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 1999, con destino a las finalidades que se indican a continuación, y que forman parte de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
n Artículo 2º.- Estímase en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y NUEVE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 389.854.089,71) el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 1999, destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en planillas anexas, las que forman parte integrante de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
n Artículo 3º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímase un desequilibrio en el Resultado Financiero de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 1999, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo I. n nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
n El Presupuesto de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 1999 contará con las Fuentes de Financiamiento y Aplicaciones Financieras indicadas a continuación y que se detallan en las planillas anexas II y II.a), las que forman parte integrante de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
n Artículo 4º.- Fíjase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETENTA ($ 55.644.070.-) el importe correspondiente a las Erogaciones para atender la Amortización de Deudas, de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa II.a), que forma parte integrante de la presente Ley. n Artículo 5º.- Estímase en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 68.881.676,38) las Fuentes de Financiamiento de la Administración Pública Provincial, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en la planilla anexa que forma parte integrante de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnnnnnn
n Artículo 6º.- Fíjase en SIETE MIL SETENTA Y CINCO (7.075) el número total de cargos de la planta de personal permanente y en CUARENTA Y OCHO (48) los cargos de la planta de personal no permanente, de acuerdo al Anexo IV y al detalle que obra en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley. n Artículo 7º.- Apruébanse los presupuestos operativos de erogaciones de los Organismos Descentralizados/Autárquicos que se detallan a continuación, por el importe que para cada uno se indica, estimándose en las mismas sumas los recursos destinados a financiarlas, con excepción de aquellos que arrojan utilidades, conforme al detalle que figura en planillas anexas, las que forman parte integrante de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnn<td style="width: 357.9pt; border-style: none solid solid; border-right-color: windowtext; border-bottom-color
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