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Sanción: 15 de Diciembre de 1998.

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Promulgación: 06/01/99. D.P. Nº 21.

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Publicación: B.O.P.: 11/01/99.

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Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia a la Ley Nacional Nº 21.154, por la cual se establece el día 10 de noviembre de cada año “Día de la Tradición”.

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Artículo 2º.- Incorpórense programas alusivos como celebración, en los canales de televisión oficiales de la Provincia.

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Artículo 3º.- En todas las Escuelas dependientes del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia, deberán dictarse clases especiales obligatorias.

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Artículo 4º.- Invítase a adherir a los Municipios y Comuna de la Provincia, con eventos culturales en los que participarán distintos sectores de la comunidad.

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Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

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