Infoley
Open menu
  • Usuarios Mesa de Entradas
    • Sumario
  • Usuarios SAIJ
    • Info
    • infoley 3.0
  • Cerrar Sesión
  • Mesa de Ayuda
  •  

    • Documento
    • Modificaciones
    • Observaciones

    Documento

    << Anterior   ID 952  Imprimir  inicio  Siguiente >>
                 

    LEY Nº 454

     

    PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACION A TOMAR UN PRESTAMO Y/O EMITIR BONOS DESTINADO A LA REESTRUCTURACION DEL PERFIL FINANCIERO DEL GOBIERNO PROVINCIAL.

    Sanción: 02 de Septiembre de 1999.

    Promulgación: 02/09/99. D.P. Nº 1491.

    Publicación: B.O.P. 03/09/99.

    Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a tomar un préstamo ante la banca nacional o extranjera y/o emitir en el mercado nacional o internacional en una o varias series por un monto total equivalente a la certificación oficial del Tribunal de Cuentas de la provincia al 31 de julio de 1999.

    Artículo 2º.- Determínanse como destino de los fondos a obtener por ejercicio de la presente ley:

    a) Reestructuración del perfil financiero del Gobierno provincial;

    b) recupero de fondos de obras públicas;

    c) atender erogaciones relativas a obras y servicios públicos;

    d) constituirlos como destino de la inversión de fondos públicos y motor de la transformación de la economía y de las empresas del Estado provincial.

    Artículo 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a proceder a la cesión en garantía y/o cesión en fideicomiso y/o cesión a título oneroso y/o cualquier otro carácter derivado de una operación financiera crediticia la Coparticipación Federal de Impuestos de la provincia. El pago de los intereses pactados comenzará a realizarse dentro de los treinta (30) días de efectivizada la monetización de los fondos tomados o de la emisión de cada una de las series y continuará devengándose cada treinta (30) días.

    Artículo 4º.- Deróganse las Leyes provinciales Nº 215, 216, 228, 248, 250, 269, 319 y el artículo 21 de la Ley provincial Nº427.

    Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

               

    Modificaciones

     

    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 215: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACIÓN PARA GESTIONAR CRÉDITOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA \"NUEVO HOSPITAL RÍO GRANDE\". 
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 216: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACIÓN PARA GESTIONAR CRÉDITOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA \"PROVISIÓN Y MONTAJE DE LOS MEDIOS DE ELEVACIÓN EN EL CERRO KRUND\". 
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 228: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACIÓN PARA TOMAR UN PRÉSTAMO DE DINERO MEDIANTE LA GESTIÓN DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO. 
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 248: P.E.P. AUTORIZACIÓN PARA TOMAR UN PRÉSTAMO DE DINERO MEDIANTE LA GESTIÓN DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO: MODIFICACIÓN. 
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 250: P.E.P.: AUTORIZACIÓN PARA TOMAR UN CRÉDITO MEDIANTE GESTIÓN DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 269: P.E.P. - AUTORIZACIÓN PARA TOMAR UN CRÉDITO MEDIANTE GESTIÓN DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO: MODIFICACIÓN. 
    • DEROGA LA LEY PROVINCIAL Nº 319: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACIÓN A TOMAR UN CRÉDITO MEDIANTE GESTIÓN DEL BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO. 
    • MODIFICA LA LEY PROVINCIAL Nº 427: PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EJERCICIO 1999. 

     

    Observaciones

    Año - 1999  -

    Deroga el Art. 21 de la Ley P. 247.

     


    Volver arriba

    © 2026 Infoley

    纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网