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Sanción y Promulgación: 29 de Julio de 1977.

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Publicación: B.O.T. 01/08/77.

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Artículo 1º.- Modifícase el artículo 10 de la Ley Territorial Nº 93, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Para las actividades de locación de garajes y de playas de estacionamiento el impuesto se fijará por unidad de guarda".

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Artículo 2º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio, cumplido. Archívese.

 

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