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    Sanción: 29 de Junio de 2006.

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    Promulgación: 20/07/06 D.P. Nº 2908.

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    Publicación: B.O.P. 26/07/06.

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    Artículo 1°.- Otórgase una Pensión Graciable, en el marco de la Ley provincial 389, a la señora Alba Silvia Garea, L.C. N° 3.861.015, con domicilio en la calle Primer Argentino N° 239 de la ciudad de Ushuaia.

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    Artículo 2°.- El importe de la pensión a que se refiere el artículo 1° de la presente, será equivalente al monto neto percibido por la categoría 10 de la Administración Pública Provincial.

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    Artículo 3°.- La beneficiaria de la presente ley tendrá cobertura médica asistencial en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley provincial 389 y demás normativa complementaria vigente.

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    Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

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    Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

               

    Modificaciones

     

     

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    Año - 2006  -

     


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