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Sanción: 21 de Diciembre de 2011. \nPromulgación: 06/01/12 D.P. Nº 60/12. \nPublicación: B.O.P. 13/01/12. \nArtículo 1º.- Prorrógase por el término de un (1) año, a partir de la sanción de la presente, la Ley provincial 789, Emergencia Urbano Ambiental. \nArtículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |