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Sanción: 22 de Agosto de 2013. \nPromulgación: 09/09/13 D.P Nº 2077. \nPublicación: B.O.P. 16/09/2013. \nArtículo 1º.- Prorrógase la vigencia de la Ley provincial 789, de Emergencia Urbano Ambiental, desde el 21 de diciembre del año 2012 hasta el 1º de marzo de 2016. La protección de dicha ley podrá ser invocada también por quienes se hallaren en estado de vulnerabilidad social ocupando predios fiscales a la fecha de sanción de la presente \nArtículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |