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    Sanción: 30 de Junio de 2021.

    Promulgación: 21/07/21 D.P. Nº 1408/21.

    Publicación: B.O.P. 22/07/21.

     

    PRÓRROGA DEL RÉGIMEN TARIFARIO ESPECÍFICO DE SERVICIOS PÚBLICOS PARA ENTIDADES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO

     

    Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley provincial 1324 – Cláusula transitoria, por el siguiente texto: “Artículo 18º.- En forma excepcional y por única vez se exime a las entidades deportivas sin fines de lucro del pago del consumo de servicios públicos provinciales y municipales adheridos por el plazo de veinticuatro (24) meses a partir de la sanción de la presente ley, teniendo en consideración la merma en la percepción de aportes, contribuciones e ingresos que sufrieron las entidades enunciadas producto de los reiterados cierres y restricciones dispuestas en el marco de la Pandemia – Covid/19.”.

     

    Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

               

    Modificaciones

     

    MODIFICA LA LEY PROVINCIAL Nº 1324: PODER EJECUTIVO PROVINCIAL: RÉGIMEN TARIFARIO ESPECÍFICO DE SERVICIOS PÚBLICOS PARA ENTIDADES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO – ADHESIÓN AL ARTÍCULO 26 DE LA LEY NACIONAL N° 27.218. 

     

    Observaciones

    Año - 2021  -

     


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