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Sanción: 30 de Octubre de 1985. n Promulgación: 06/11/85. D.T. Nº 4000. n Publicación: B.O.T. 11/11/85. n Artículo 1º.- Incorpórase a la Ley Nº 264 el siguiente artículo: n “Artículo : Como consecuencia de lo establecido en los artículos 5º y 6º de la presente Ley, estímase el Financiamiento Neto de la Administración Territorial en AUSTRALES VEINTE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO (A. 20.569.624), destinado a la atención de la Necesidad de Financiamiento establecida en el artículo 4º de la presente Ley, conforme al resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley: n nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
n Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dése copia al Boletín Oficial del Territorio y archívese. |
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