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Sanción: 17 de Octubre de 1986. n Promulgación: 19/11/86. D.T. Nº 4.745. n Publicación: B.O.T. 01/12/86. n Artículo 1º.- Modifícase el artículo 14 de la Ley 264 el que quedará redactado de la siguiente forma: n “Artículo 14.- Quedan congeladas las vacantes de la Administración Pública Territorial en el número de cargos previstos en el artículo 8º de la presente ley.” n Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Territorial. |