Infoley
Open menu
  • Usuarios Mesa de Entradas
    • Sumario
  • Usuarios SAIJ
    • Info
    • infoley 3.0
  • Cerrar Sesión
  • Mesa de Ayuda
  •  

    • Documento
    • Modificaciones
    • Observaciones

    Documento

    << Anterior   ID 492  Imprimir  inicio  Siguiente >>
                 

    Sanción: 02 de Diciembre de 1991.

    Promulgación: 06/12/91. D.T. Nº 3135.

    Publicación: B.O.T. 10/12/91.

     

    Artículo 1º.- Modifícase el artículo 20 de la Ley Nº 266 que quedará redactado de la siguiente manera:

    “Artículo 20.- El producido neto de los Juegos de Azar de la Dirección de Juegos de Azar, se distribuirá de la siguiente manera:

     

    a) El VEINTE POR CIENTO (20%) para gastos de administración;

    n

    b) el VEINTITRES POR CIENTO (23%) para Acción Social del Gobierno del ex-Territorio;

    n

    c) el SIETE POR CIENTO (7%) para la Subsecretaría de Deportes del Gobierno del ex-Territorio;

    n

    d) el CINCUENTA POR CIENTO (50%) para las municipalidades, que se distribuirá en proporción a la cantidad de habitantes que registren, de conformidad al último censo oficial o a los que en el futuro se realicen.”.

    n

    Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

               

    Modificaciones

     

     

      • MODIFICA LA LEY TERRITORIAL  Nº 266 DIRECCION DE JUEGOS DE AZAR: CREACION.

     

      • DEROGADA POR LEY PROVINCIAL  Nº 88 INSTITUTO PROVINCIAL DE REGULACIÓN DE APUESTAS ( I.P.R.A.): CREACIÓN.

     

     

    Observaciones

    Año - 1991  -

     


    Volver arriba

    © 2026 Infoley

    纸飞机下载tg官网tg下载纸飞机官网